Plan de Igualdad: Qué es y quién está obligado a hacerlo

Seguro que hasta el día de hoy has oído y leído en las noticias mucha información sobre el Plan de Igualdad  y si estás obligado a implantarlo en tu empresa. En este post te cuento todo lo que necesitas saber y si realmente tu empresa está obligada a tener uno.

Recuerda ponerte siempre en manos de profesionales y confiar en ellos para poder desarrollar y crear un Plan de Igualdad correctamente.

Qué es el Plan de Igualdad

Empecemos por el principio: el Plan de Igualdad resume el conjunto de medidas que debe adoptar una empresa para garantizar de forma efectiva la igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres dentro de la misma, así como las acciones para eliminar todas la situaciones de discriminación que puedan darse por razones de sexo.

Este Plan fue definido por la Ley Orgánica 3/2002 del 22 de marzo y pretende mejorar el clima laboral y acabar con las diferencias entre trabajadoras y trabajadores.

Además, aumenta la implicación y el compromiso por la igualdad y prevé aumentar la motivación, la productividad y facilitar la atracción de nuevos talentos.

¿Estoy obligado a implantar un Plan de Igualdad?

La obligatoriedad de implantar el Plan de Igualdad en una empresa entró en vigor con el Real Decreto-Ley 6/2019, aunque ya era frecuente ver este tipo de Planes en grandes empresas con más de 250 trabajadores.

Muchas ya lo han incluido, estén obligadas o no, para mejorar su imagen de marca, y presentarse al mundo como empresas responsables y comprometidas con la igualdad. Sin embargo, la ley establece que, desde el 7 de marzo de 2022, el Plan de Igualdad es obligatorio para empresas con más de 50 personas trabajadoras.

Para calcular el número de personas trabajadoras se tiene en cuenta las plantillas de todos los centros de trabajo de la empresa, indistintamente de cuál sea la forma de contratación (fijos, duración determinada o por ETT) e independientemente de sus horas de trabajo

¿Está previsto que se exija en un futuro a empresas con menos de 50 trabajadores?

Por el momento, la normativa no prevé que el Plan de Igualdad sea obligatorio para empresas de menos de 50 personas trabajadoras.

Sin embargo, existen casos en los que estas empresas deberán implantarlo obligatoriamente cuando:

  • Así lo exija el convenio colectivo que se aplique.
  • Sea impuesto por una autoridad competente de un procedimiento de sanción.

Además, a pesar de no estar obligadas a disponer de un Plan, sí que deben elaborar e implantar medidas internas en favor de la igualdad laboral, aunque no adopten forma de plan o se denominen como tal.

Confía en profesionales para la elaboración de tu Plan de Igualdad

Tras leer este post, ¿te has dado cuenta de que necesitas elaborar un Plan de Igualdad para tu empresa? Si la respuesta es sí, te aconsejo que te pongas en manos de profesionales y contactes conmigo para que juntos, podamos conseguir que en tu empresa haya un ambiente laboral sano e igualitario.